La renovación del carnet de conducir a partir del próximo año ya no será tan fácil, debido a algunas medidas que ha decidido poner en práctica la DGT, como parte de su plan para mejorar la seguridad y disminuir el número de accidentes en las calles y carreteras del país. Cuando se piensa en la seguridad en las carreteras, lo primero que viene a la mente como causa de accidentes es el exceso de velocidad, seguido por la conducción bajo los efectos del alcohol. Sin embargo, también hay que considerar causas involuntarias, como la presencia de una enfermedad o los efectos secundarios de un medicamento que se toma como parte de un tratamiento.
La DGT quiere aprovechar la obligatoriedad del trámite de renovación del permiso de conducir, para detectar aquellos conductores que, por razones de salud, ya no están en condiciones de seguir al frente del volante de un vehículo. Como consecuencia suspender el carnet de forma provisional o definitiva, de acuerdo con los resultados de las pruebas médicas. También ha decidido actualizar la lista de enfermedades y trastornos que pueden llevar a una suspensión definitiva del carnet.
Las nuevas medidas de la DGT para renovar el permiso de conducir.
Si nos toca renovar el carnet el próximo año, nos vamos a encontrar con pruebas médicas más exhaustivas y exigentes, y con una lista actualizada de enfermedades sobre las que debemos informar a las autoridades de tráfico, y que pueden requerir informes médicos adicionales. Estos informes serán realizados por especialistas en el tratamiento de la enfermedad mencionada, que permitan determinar si se deben aplicar restricciones al conductor (solo conducir en determinadas áreas o acompañado), o suspender el permiso de forma temporal o definitiva.
El hecho de que tengamos alguna de las enfermedades o condiciones médicas que aparecen en la lista de la DGT no significa que de forma automática vamos a perder el derecho a conducir un vehículo. Podemos tener diabetes o cáncer, o sufrir alguna clase de depresión o trastorno, y sin embargo estar perfectamente habilitados para conducir. Pero debe estar avalado por un informe médico adicional.
Esta medida va a estar orientada principalmente hacia los conductores mayores de 60 años, hasta el punto de parecer un poco discriminatoria, pero se debe a razones naturales. A medida que envejecemos hay mayores probabilidades de que aparezca un gran número de enfermedades, como las que se registran en la lista de la DGT.
La lista de enfermedades actualizada de la DGT.
Estas son las enfermedades, por orden alfabético, sobre las que se debe informar a la DGT cuando se va a renovar el carnet, y que se pueden convertir en motivo de suspensión temporal o definitiva:
- Accidente isquémico transitorio
- Alzhéimer
- Aneurisma de grandes vasos
- Apnea de sueño
- Arritmias
- Crisis o pérdida de conciencia
- Demencia o trastorno de ansiedad
- Depresión
- Desfibrilador automático
- Diabetes mellitus insulinodependiente
- Disección
- Dolencias oncológicas
- Enfermedades cardiacas
- Enfermedades crónicas, degenerativas y neurológicas
- Enfermedades digestivas
- Enfermedades endocrinas
- Enfermedades oncológicas
- Enfermedades respiratorias
- Epilepsia
- Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
- Hipotiroidismo y paratiroides
- Infarto agudo de miocardio
- Marcapasos
- Nefropatía con diálisis
- Párkinson
- Problemas vasculares
- Prótesis valvulares
- Trasplante renal
- Trastorno de la personalidad
- Trastorno del desarrollo intelectual
- Trastorno obsesivo-compulsivo
- Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
- Trastornos del sueño
- Trastornos oncohemáticos.