Reducen la pena a un hombre de Pontevedra acusado de abusar de la hija de 10 años de su pareja

 El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia reduce la pena de cuatro años y dos meses a tres años, al considerar que no hubo abuso de superioridad


El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado a tres años de prisión al culpable de abusar sexualmente de la hija de su pareja, una menor de 10 años, durante el verano de 2019. Los jueces han aceptado parcialmente la apelación presentada por el acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, reduciendo su condena de cuatro años y dos meses de prisión. Los jueces consideran que no se ha cometido abuso de poder.

El Código Penal al tiempo de los hechos "tiene como fundamento agravatorio el abuso de superioridad que en el plano moral tiene una persona que pone a su servicio una condición o cualidad que instrumentaliza en su beneficio particular con finalidad delictiva para cohibir la resistencia de la víctima".

En este caso, entiende que los elementos objetivos no conducen, por sí mismos, "al aprovechamiento de la circunstancia, toda vez que no se discute que el acto es inopinado, sin prevalerse de carácter de autoridad o moral alguna".

"Los hechos acontecen de un modo súbito y sorpresivo"

Por lo tanto, se destaca que no se trata de una conducta que implique beneficiarse de una situación de superioridad que no solo invalida el consentimiento, lo cual no importa en este caso debido a la edad de la víctima, sino que también permite llevar a cabo el abuso de manera exitosa aprovechándose de esa ventaja. 

Según el TSXG en su sentencia, la pareja de la madre de la menor es responsable de los hechos, los cuales ocurrieron de manera sorpresiva y sin una relación de dependencia evidente. Se deja abierta la posibilidad de apelar esta decisión ante el Tribunal Supremo.

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